Los obligados tributarios que estén incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada podrán señalar hasta un máximo de 30 dÃas en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.
Para poder solicitar los dÃas de cortesÃa es necesario estar dado de alta en la DEH y haber realizado la Suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
Los dÃas de cortesÃa deberán solicitarse con un mÃnimo de 7 dÃas naturales de antelación al comienzo del periodo deseado.
Si la persona que va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los dÃas de cortesÃa es un tercero, deberá estar apoderado en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.
• Cómo solicitar los dÃas de cortesÃa para el envÃo de notificaciones electrónicas
• Cómo solicitar los dÃas de cortesÃa para el envÃo de notificaciones electrónicas – Apoderados
Fuente: Agencia Tributaria